Island Transit

¡ESTAMOS CONTRATANDO!

Encuentra tu próxima carrera aquí.


¿Quien es elegible?

> ¿QUIÉN ES ELEGIBLE?


Regístrese para recibir nuestras alertas para pasajeros por correo electrónico.
(Para dirigirlo a páginas de uso común en nuestro sitio web, coloque el cursor y haga clic en cualquier elemento del menú de arriba)
¿Quién es elegible para el servicio de paratránsito ADA? Según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, los proveedores de transporte tienen la responsabilidad de hacer que sus servicios sean accesibles y utilizables por personas con discapacidades. La expectativa de la ADA es que la mayoría de los servicios de tránsito brindados para personas con discapacidades sean brindados por el servicio regular de autobús de ruta fija. El servicio de paratránsito de la ADA se considera una “red de seguridad” para aquellas personas con discapacidades cuya discapacidad todavía les impide (y no sólo les dificulta el uso) utilizar el sistema de ruta fija, incluso cuando es completamente accesible. Las pautas de elegibilidad específicas de la ADA definen la elegibilidad según corresponda. para personas con discapacidades cuando se impide uno o más de los siguientes: Se impide subir, bajar o viajar en cualquier autobús accesible regularmente incluso con la ayuda del ascensor y otra ayuda comúnmente disponible. Se impide viajar en una ruta porque el sistema carece adaptaciones requeridas o barreras arquitectónicas. Una condición de discapacidad impide llegar o regresar de los lugares de abordaje del autobús cuando se viaja dentro del área de servicio. La ADA también reconoció que muchas personas con discapacidades pueden utilizar el sistema de autobús de ruta fija en algunos casos, pero tal vez no en todos. Por lo tanto, las regulaciones de la ADA abordan este tipo de necesidad según corresponda para la elegibilidad condicional. Un ejemplo podría ser una persona que utiliza una silla de ruedas manual y puede usar el servicio de ruta fija cuando el terreno es accesible, pero necesita el servicio de paratránsito cuando el destino está en la cima de una colina desde la parada de autobús. Los siguientes problemas no establecen automáticamente elegibilidad: conveniencia personal, como que el servicio de ruta fija no se ajusta a su horario personal, demora demasiado o no cubre los destinos a los que viaja. Falta de familiaridad o experiencia con el sistema de ruta fija. Tener una discapacidad, incluso cuando está certificada por SSI, SSA o VA. Tener tratamiento de diálisis. No existe elegibilidad automática para personas mayores. El hecho de que utilizar el servicio de ruta fija puede ser más difícil o menos cómodo. Tener una nota de su médico; Miedo al crimen. Analfabetismo o incapacidad para entender instrucciones debido a una comprensión limitada del inglés. No poder conducir debido a una condición médica. Debe tener seis (6) años o más para ser elegible para el servicio de paratránsito.
Share by: